Cédula de habitabilidad

La Cédula de Habitabilidad es un documento oficial expedido por la administración que certifica que una vivienda es apta para ser habitada sin que haya riesgos evidentes para la seguridad o la salud de sus ocupantes, según la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.
Es necesaria para:

Tramitación de la Cédula de Habitabilidad

Para obtener la Cédula de habitabilidad de una vivienda usada, redactamos un certificado de habitabilidad que debe presentarse en el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat.

Para realizar el certificado debemos acceder a su vivienda para la medición y toma de datos para comprobar que se cumplen las condiciones mínimas de habitabilidad.

Las viviendas usadas deben constar registral o administrativamente como viviendas. Si no, habrá que legalizarlos y solicitar una Cédula de 1ª Ocupación.

Plazos

La solicitud de la cédula de habitabilidad se realiza en 4 días, donde se obtiene una cédula provisional con la que se pueden realizar algunos trámites. 

La Cédula definitiva la tramita la Generalitat y puede tardar tres semanas desde que se hace la solicitud.

Requisitos

Los requisitos para poder obtener la cédula de habitabilidad varían en función de la antigüedad del inmueble, están marcados en el Decreto 141/2012 de 30 de octubre.

Algunas de las condiciones más importantes que deben cumplir las viviendas de nueva construcción y las construidas después del 11 de agosto de 1984 son las siguientes:

  • Debe haber como mínimo una estancia o sala de estar destinada a comedor, una cámara higiénica y un equipo de cocina.
  • La superficie útil no puede ser inferior a 36 m2.
  • Entre el pavimento y el techo, debe existir una altura mínima de 2,50 metros. En las cámaras higiénicas, cocinas y zonas de paso, la altura no debe ser inferior a 2,20 metros.
  • La superficie mínima de las habitaciones es de 6 metros cuadrados.

Para ver el listado completo puedes descargar el decreto aquí.

En viviendas preexistentes construidas antes del 11 de agosto de 1984, los requisitos principales son los siguientes:

  • La superficie interior mínima debe ser de 20 metros cuadrados útiles.
  • La superficie mínima de las habitaciones es de 5 metros cuadrados.

Para ver el listado completo puedes descargar el decreto aquí.

Caducidad y renovación

La Cédula de Habitabilidad tiene una vigencia de 25 años en viviendas de nueva construcción, y de 15 años para las cédulas de segunda ocupación y de primera ocupación con rehabilitación.

Las viviendas que estén bajo algún régimen de protección pública, no necesitarán cédula de habitabilidad durante los primeros 25 años.

¿Cuando no es posible obtener una cédula?

  • Cuando la vivienda transmitida tenga que ser rehabilitada o derruida.
  • Fincas que no constan registralmente como vivienda.


En caso de que su vivienda no pueda obtener la cédula por no cumplir algún requisito de habitabilidad, pero que después de realizar obras de rehabilitación podría reunir las condiciones que exige la normativa, se puede emitir un Informe Técnico que posibilita la compra-venta del mismo sin cédula vigente.

En ese supuesto, se debe presentar un Informe de Transmisión de Vivienda elaborado por un técnico competente que certifique que, una vez terminadas las obras, se podrá obtener la cédula, y el registrador hará constar una nota marginal en la inscripción que solo se podrá cancelar con la presentación de la cédula tras las obras o con la certificación municipal acreditativa del derribo de la vivienda.

Precio Cédula de habitabilidad

Precios para la redacción de la Cédula de habitabilidad y la tramitación completa:

  • Precio especial de 130 € en Molins de Rei y El Papiol.
  • Pallejà, Castellbisbal, Sant Feliu de Llobregat y Sant Andreu de la Barca: 145€.
  • Otros municipios:  Consultar precio.

Incluye los gastos colegiales de visado y la tasa de expedición que cobra la Administración.

Precio Cédula de habitabilidad + Certificado Energético

Precios para Pack Cédula de Habitabilidad + Certificado Energético:

  • Precio especial de 250 € en Molins de Rei y El Papiol.
  • Pallejà, Castellbisbal, Sant Feliu de Llobregat y Sant Andreu de la Barca: 265 €.
  • Otros municipios:  Consultar precio.

Incluye los gastos colegiales de visado y la tasa de expedición que cobra la Administración.